SOBRE LAS PAREJAS ESTABLES EN CATALUÑA Y LAS CONSECUENCIAS PARA MUCHAS DE ELLAS ANTE LA POSIBLE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMATIVA QUE LAS REGULA

En España no existe una legislación nacional para las parejas de hecho ni tampoco unanimidad legislativa autonómica.

En Cataluña, el artículo 234.1 del Código civil catalán (Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña), relativo a la persona y la familia establece que dos personas que conviven en una comunidad de vida análoga a la matrimonial se consideran pareja estable en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos.

b) Si durante la convivencia, tienen un hijo común,

 c) Si formalizan la relación en escritura pública.

El Tribunal Constitucional decidirá en breve si el artículo referenciado, que considera pareja estable a dos personas por convivir dos años o por tener hijos en común sin necesidad de pasar por el Notario o inscribirse en el Registro de la Generalitat, es inconstitucional.

Si se confirma la inconstitucionalidad de parte del artículo, todas aquellas parejas que no hayan formalizado su relación ante Notario podrian  quedar desprotegidas, perdiendo derechos que aparentemente tenían garantizados (pensión, compensaciones, viudedad o derechos sucesorios) de conformidad con la normativa catalana aún vigente.

Nuestro consejo, a la luz de lo anterior, es que todas aquellas parejas estables de Cataluña que hayan tenido hijos o que hayan convivido durante más de dos años y que no hayan formalizado su relación mediante escritura pública, lo hagan para evitarse cualquier problema futuro.

Hacemos una reflexión final: Estamos convencidos de que no serán pocas las parejas que llevaban dos o más años conviviendo y según la normativa catalana ya eran parejas estables sin saberlo:  A todas ellas también les recomendamos que se asesoren porque hoy por hoy , de conformidad con la normativa vigente catalana,  son pareja estable aunque no lo sepan y, por tanto, adquieren una serie de obligaciones y derechos por el hecho de serlo, que probablemente desconozcan completamente.

En resumen, no hay mal que por bien no venga, y a pesar de la probable inquietud que la eventual inconstitucionalidad de la norma catalana haya podido generar, está siendo sin duda una oportunidad para que las parejas estables de Cataluña se paren a pensar sobre su situación, se asesoren debidamente y al fin y a la postre, se organicen de la mejor forma posible para su propia tranquilidad.

El Boom Matrimonial por notario en Cataluña: las Reflexiones de Carmen Varela

Según el Colegio Notarial de Cataluña, el número de matrimonios aumentó un 16% en 2023, con más de 3.300 celebrados el año pasado. Incluye declaraciones de Carmen Varela, vicepresidenta de la Sección de Derecho de Familia del ICAB.


Nos enorgullece compartir que nuestra socia directora, Carmen Varela, ha intervenido en los informativos de Onda Cero del miércoles día 10 de abril, donde ofreció las claves del notable aumento en la celebración de matrimonios ante notario en Cataluña, destacando los datos y tendencias reveladas por el Colegio Notarial de Cataluña.

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